Real Decreto Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral   

comillas Ha entrado en vigor el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.comillas

 

 Imagen Se enumeran las disposiciones del Real Decreto Ley 3/2012 relacionados con la Formación Profesional
  • Artículo 2. Formación profesional.
    Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en relación con la promoción y la formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo.
  • Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores sobre el contrato para la formación y el aprendizaje.
  • Tres. Se modifica el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores sobre los derechos de los trabajadores en materia de promoción y formación profesional en el trabajo
  • Cuatro. Se modifica el apartado 1 del artículo 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo sobre la participación de las organizaciones empresariales, sindicales y los centros y entidades de formación en el diseño y planificación del subsistema de formación profesional para el empleo.
  • Cinco. Se añade un apartado 10 al artículo 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, sobre la formación recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional y su inscripción en una cuenta de formación asociada al número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Seis. Se modifica el apartado 1 de la Disposición transitoria sexta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de reforma del sistema de protección por desempleo sobre la sustitución de trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.

 

Artículo 3. Reducciones de cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje.

Disposición transitoria séptima. Actividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje vigentes.

Disposición transitoria octava. Actividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley.

Disposición transitoria novena. Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación y el aprendizaje.

Disposición final segunda. Cuenta de formación.

Disposición final tercera. Cheque formación.

Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

Disposición final octava. Modificación de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo que desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo .

Para más información: http://www.fundaciontripartita.org/index.asp?MP=1&MS=3&MN=1