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Desde la consultora ambiental elaboramos los planes de Autoprotección de Incendios forestales de urbanizaciones y actividades localizadas en zonas de peligro de incendio forestal y su zona de influencia.

¿Que son los planes de Autoprotección de Incendios forestales. PAIF?

Los Planes de Autoprotección (PAIF)  tienen por objeto establecer las medidas y actuaciones necesarias para la lucha contra incendios forestales y la atención de las emergencias derivadas de los mismos que deban realizar aquellas instalaciones o actividades ubicadas en Zonas de Peligro, o que se localicen dentro de los 400 metros correspondientes a la Zona de Influencia Forestal, según establece la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

En la siguiente imagen se muestran los municipios en naranja con riesgos de incendios forestales en Andalucía.

¿Que debe contener un plan de Autoprotección de Incendios Forestales?

 El contenido mínimo de los planes de Autoprotección está determinado en el artículo 43 de la ley 5/99 y el artículo 33 del reglamento de incendios forestales.

Así, el citado artículo 43 indica que:

Como contenido mínimo, los Planes de Autoprotección incluirán su ámbito de referencia, las actividades de vigilancia y detección previstas como complemento de las incluidas en los Planes Locales de Emergencia por Incendios Forestales, la organización de los medios materiales y humanos disponibles, y las medidas de protección, intervención de ayudas exteriores y evacuación de las personas afectadas”.

 De forma complementaria a la ley, el reglamento en su artículo 33.1 indica que:

“Los Planes de Autoprotección tienen por objeto establecer las medidas y actuaciones necesarias para la lucha contra incendios forestales y la atención de las emergencias derivadas de los mismos que deban realizar aquellas empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, camping, e instalaciones o actividades ubicadas en Zonas de Peligro, así como las asociaciones o empresas con fines de explotación forestal que realicen labores de explotación dentro de dichas zonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales y demás normativa que resulte de aplicación.”

Sfera Proyecto ambiental elabora Planes de Autoproteción de incendios forestales para urbanizaciones, actividades industriales localizadas en los municipios de: Marbella, Estepona, San Pedro de Alcantara, Campo de Gibraltar, Antequera y otras localidades.

Infórmese en nuestro teléfono: 952.20.71.89 o en nuestro correo eléctrónico: sfera@sferaproyectoambiental.com