Desde que la Comisión comunicara el 2 de diciembre del 2015 el “Plan de acción de la UE para la economía circular”; se llega a la conclusión de la Estrategia Europea sobre el plástico. Esto marca un antes y un después para la transición hacia una economía más sostenible.
El 12 de Junio del 2019 se publica la DIRECTIVA (UE) 2019/904 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de junio de 2019 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, cuyos principales objetivos son el de prevenir y reducir los productos de plásticos de un solo uso y poner en marcha el fomento productos innovadores y sostenibles. Así como avanzar en la transición hacia una economía circular más respetuosa con el medio ambiente.
La Directiva 2019/904 pretende dar prioridad a productos reutilizables, sostenibles y no tóxicos. Reducir cantidades de residuos de plásticos de un solo uso de carácter transfronterizo y contribuir a alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas número 12 para garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, que forma parte de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015.
Se intenta conseguir reducir todos los residuos de plásticos de un solo uso que se encuentran en las playas de la UE, los residuos de las artes de pescas y los productos oxodegradables; que suponen el 86% del total de los residuos de plásticos. Algunos ejemplos de ellos son: las botellas de plásticos de un solo uso, las tapas y tapones de bebidas de vidrio, bolsas de plásticos etc. Además de filtros de tabaco que contengan plásticos, siendo este el segundo artículo más encontrado en las playas y al que se le debe dar más importancia a la hora de reducir. Los microplásticos no entran en el marco de la Directiva ya que la UE “alenta a todos los productores a limitar estrictamente los microplásticos de su fórmula”
La presente Directiva es una lex specialis con respecto a la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases y de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos. En caso de conflicto entre esas dos Directivas y la presente Directiva, esta última debe prevalecer dentro de su ámbito de aplicación.
La norma clasifica en 7 grupos los plásticos (Anexo I, A-G) y efectúa medidas específicas para cada grupo desde la reducción del consumo hasta las restricciones en el mercado. Buscando con ello promover alternativas sostenibles y que sean más asequibles. Por otra parte, se insta a los productores a tomar conciencia y responsabilidad de estos residuos, tratar de promover la recogida de dichos productos para su correcto reciclado, y lanzar medidas de concienciación a la ciudadanía.
Por último, la Comisión realizará evaluaciones de la presente Directiva y emitirá informes sobre la reducción del consumo y fijará metas de cara al futuro. Se prevé una revisión de la Directiva para 3 de julio del 2027.