En la actualidad, vivimos una importante crisis ecológica, con un verano en que la frecuencia de incendios forestales ha sido devastadora en todo el país, y podría decirse que en el planeta. Es bien sabido que los cambios medioambientales que se vienen sucediendo, no sólo afectan al ser humano sino también a nuestros frágiles ecosistemas y las múltiples variables que los vertebran.

En este sentido, los Planes de Autoprotección contra Incendios Forestales, en adelante PAIF, comprenden una medida mínima obligatoria de protección y precisamente por ello, indispensable para evitar posibles catástrofes por parte de los proyectos y construcciones próximos al medio forestal.

Ilustración 1. Zona forestal. Fuente: Sfera Proyecto Ambiental

El PAIF ha de dar respuesta a dos cuestiones de forma coordinada:

  • En primer lugar, el incendio forestal produce graves daños sobre el medio natural, patrimonio de incalculable valor de la sociedad y, por tanto, exige a las Administraciones Públicas la inmediata respuesta con el fin de minimizar las pérdidas que se puedan ocasionar.
  • Por otro lado, el incendio forestal puede generar, en su avance, situaciones de grave riesgo para personas y bienes de naturaleza no forestal que requieran la adopción de medidas por las administraciones que salvaguarden su seguridad.

Por ello, el Plan debe establecer la estructura organizativa y procedimientos de intervención para proceder a la detección y extinción del incendio forestal y a la protección de las personas y bienes de naturaleza no forestal que pudiesen verse afectados como consecuencia del incendio. Ambas perspectivas han de abordarse desde una óptica integradora basada en la coordinación de las actuaciones que han de dar respuesta a la emergencia. La integración ordenada de estas cuestiones dará lugar a un sistema estructurado y eficaz.

Los Planes de Autoprotección tienen por objeto establecer las medidas y actuaciones necesarias para la lucha contra incendios forestales y la atención de las emergencias derivadas de los mismos, que deban realizar aquellas instalaciones o actividades ubicadas en Zonas de Peligro o que se localicen dentro de Zona de Influencia Forestal.

Ilustración 2. Imagen del inicio de un incendio próximo a zona forestal, creada por pv-productions (Fuente: freepik)

Entre las medidas que los PAIF establecen se encuentran la creación o localización de un punto de encuentro en caso de emergencia, el desbroce o despeje del material vegetal inflamable de los márgenes de los viales, creación de fajas perimetrales desbrozadas, cortafuegos, localizar las vías de evacuación, establecer vías informativas del riesgo de incendios para el personal, localizar los puntos de agua e identificar los medios de extinción de incendios cercanos a la implantación.

Sfera Proyecto Ambiental ha elaborado PAIF para diferentes instalaciones como:

  • Líneas eléctricas
  • Parques eólicos
  • Cortijos
  • Campings
  • Campos de golf
  • Urbanizaciones
  • Plantas solares
  • Actividades extractivas
  • Hoteles rurales

Actualmente también desarrolla las actualizaciones de los PAIF en instalaciones de diversas comunidades autónomas, pues el PAIF no es documento estático si no que la ley exige la actualización de los mismos generalmente en un plazo máximo de 4 años. De este modo, se asegura que la información de los medios antincendios disponibles de la instalación están debidamente localizados respecto a la actualidad, así como el cumplimento de las medidas contra incendios inicialmente establecidas y otra información relevante a la hora de actuar ante un conato o incendio.