Ayudas almacenamiento energético 2025: Orden TED/535/2025

📘Por qué son clave las ayudas al almacenamiento energético 2025
La transición energética en España ha entrado en una nueva fase. Esto se debe a la publicación de la Orden TED/535/2025, de 28 de mayo. Esta orden está regulada en el BOE-A-2025-10668. Establece las bases para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético.
Las ayudas al almacenamiento energético 2025 responden al mandato del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.
🔍 Objetivos estratégicos de la Orden TED/535/2025
Las ayudas al almacenamiento energético 2025, definidas en la Orden TED/535/2025 define cuatro tipologías de proyectos elegibles: Almacenamiento independiente («stand alone»). Bombeo hidroeléctrico. Almacenamiento térmico independiente. Almacenamiento hibridado con renovables. Todos tienen un requisito mínimo de potencia de 1 MW para la mayoría de las categorías.
Un principio transversal y excluyente para todos los proyectos financiados es el de «no causar un perjuicio significativo» (DNSH) a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852.
Este principio es un filtro fundamental. Asegura que las inversiones contribuyan sustancialmente a la mitigación del cambio climático. Esto exige una planificación y ejecución de proyectos con criterios de sostenibilidad rigurosos.
Los objetivos generales de estas ayudas son:
- Impulsar el despliegue de sistemas de almacenamiento energético en todo el territorio nacional.
- Favorecer la integración de energías renovables en la red eléctrica.
- Promover la creación de empleo local y sostenible, en zonas de transición justa.
- Mejorar la resiliencia energética del país ante situaciones de emergencia o volatilidad energética.
📦 Tipos de proyectos financiables
La Orden TED/535/2025 , dentro de ayudas almacenamiento energético 2025 se contempla cuatro modalidades de proyectos subvencionables:
Tabla: Tipos de Proyectos Elegibles y Requisitos Mínimos de Potencia
Tabla que resume las tipologías de proyectos elegibles y sus requisitos mínimos de potencia:
| Tipo de Proyecto | Descripción Breve | Requisito Mínimo de Potencia (MW) | Condiciones Específicas |
|---|---|---|---|
| Almacenamiento Independiente («stand alone») | Conectados a redes de transporte o distribución, vinculados o no a consumos eléctricos. | 1 MW | N/A |
| Bombeo Hidroeléctrico | Nuevos proyectos o sobre infraestructuras existentes. | 1 MW | N/A |
| Almacenamiento Térmico Independiente | Incluye «power to power» (P2P), «power to heat» (P2H), y «heat to power» (H2P). | No especificado directamente, pero 1 MW si se hibrida. | N/A |
| Almacenamiento Hibridado con Renovables | Integra cualquiera de las tecnologías anteriores con instalaciones de generación renovable (existentes o nuevas). | 1 MW (aplicable de los apartados a y b) | Puede incluir tecnologías de los apartados anteriores. |
🌍 Ámbito geográfico y duración del programa para las Ayudas almacenamiento energético 2025
- Cobertura: Todo el territorio nacional.
- Duración del programa: Hasta el 31 de diciembre de 2025 (fecha máxima de publicación de convocatorias).
- Duración de ejecución: Hasta 36 meses desde la resolución de ayuda.
🧾 Quién puede solicitar las ayudas al almacenamiento energético 2025: Entidades beneficiarias
Podrán acceder:
- Empresas (grandes, medianas o pequeñas).
- Entidades públicas o privadas legalmente constituidas.
- Agrupaciones con o sin personalidad jurídica (consorcios).
- Zonas de Transición Justa: proyectos localizados aquí obtienen mayor puntuación.
🚫 Exclusiones a las ayudas al almacenamiento energético 2025: Qué proyectos no son elegibles
- En primer lugar, quedan excluidos aquellos proyectos que ya han recibido financiación mediante convocatorias anteriores, como las reguladas por la Orden TED/807/2023 o TED/1177/2022.
- Además, no son elegibles los proyectos con vinculación directa a combustibles fósiles.
- Por otra parte, quedan fuera de estas ayudas los proyectos relacionados con el hidrógeno, salvo que se especifique lo contrario en futuras actualizaciones normativas.
- Finalmente, tampoco serán admitidos aquellos proyectos que no cumplan con el principio DNSH (no causar un perjuicio significativo al medioambiente).
💶 Financiación para las ayudas al almacenamiento energético 2025: Cuánto dinero puedes recibir
Porcentaje de cofinanciación según ubicación (FEDER)
La Orden TED/535/2025 establece tres categorías de regiones, cada una con una tasa de cofinanciación FEDER específica:
- Regiones Más Desarrolladas: Para proyectos ubicados en estas comunidades, la tasa de cofinanciación máxima es del 40%. Esta categoría incluye Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco.
- Regiones en Transición: Estas regiones se benefician de una tasa de cofinanciación más elevada, del 60%. En este grupo se encuentran Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Murcia.
- Regiones Menos Desarrolladas: Los proyectos en estas áreas reciben el mayor apoyo, con una tasa de cofinanciación del 85%. Esta categoría comprende Andalucía, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Melilla y Canarias.
| Región | Tasa de cofinanciación |
|---|---|
| Más desarrolladas | 40 % (ej. Madrid, Cataluña, Navarra) |
| Regiones en transición | 60 % (ej. Galicia, Castilla y León) |
| Menos desarrolladas | 85 % (ej. Andalucía, Extremadura) |
Los proyectos podrán solicitar una reducción voluntaria del porcentaje para obtener mayor puntuación.
📊 Criterios técnicos de evaluación y puntuación para Ayudas almacenamiento energético 2025: Orden TED/535/2025
Las solicitudes para Ayudas almacenamiento energético 2025 que superen la fase de preevaluación serán puntuadas según los siguientes criterios :
1. Criterio Económico (0-70 puntos)
Este criterio premia la eficiencia económica del proyecto. Cuanto mayor sea la reducción del porcentaje solicitado respecto al máximo, más puntos se otorgarán.
De este modo, se incentiva la optimización de los recursos públicos, premiando a los proyectos más competitivos y sostenibles económicamente.
2. Viabilidad Administrativa (0-10 puntos)
Este criterio evalúa el grado de avance administrativo del proyecto. Se da prioridad a aquellos que demuestren una mayor madurez en la obtención de permisos y autorizaciones. Se valoran los siguientes aspectos:
- Declaración de Impacto Ambiental (DIA): 3 puntos
- Autorización Administrativa Previa (AAP):
- 3 puntos por aprobación de la AAP.
- 1 punto se otorga por la solicitud formal anterior a 2025.
- 3 puntos son adjudicados si el proyecto está exento y se justifica normativamente.
- Punto de Acceso y Conexión:
- 2 puntos por obtención del punto de acceso y conexión.
- 0,5 puntos por la solicitud formal y constitución de garantías anterior a 2025.
- Licencia de Obras (excluido bombeo):
- 1 punto por la licencia de obra o justificación de exención.
- Uso del Suelo (excluido bombeo):
- 1 punto por acreditar el uso industrial o la compatibilidad urbanística.
- Concesión de Agua (solo para bombeo):
- Hasta 2 puntos por la Concesión de Aguas. También, 0,5 puntos por la solicitud formal anterior a 2025.
3. Beneficios Socioeconómicos y Externalidades Positivas (0-17 puntos)
Por tanto, este criterio premia el impacto positivo del proyecto en el entorno social y económico, así como su contribución a objetivos estratégicos más amplios tales como:
- Municipios de Reto Demográfico (2 puntos)
- Municipios de Transición Justa (2 puntos)
- Igualdad de Género (máximo 3 puntos)
- Cadena de Valor y Contribución a la Resiliencia (máximo 6 puntos)
4. Grado de Innovación y Carácter Demostrativo (0-3 puntos)
Este criterio recompensa la novedad tecnológica y el potencial de replicabilidad del proyecto :
- Por una parte, la Innovación General puede aportar hasta 1 punto si se demuestra un componente tecnológico nuevo o poco utilizado.
- Por otra parte, el Enfoque Innovador Adicional otorga 2 puntos si se documenta adecuadamente su valor añadido respecto a soluciones existentes.
- En este sentido, se premia con 1 punto la innovación básica del proyecto y con 2 puntos adicionales aquellos enfoques claramente diferenciadores.
Las modificaciones posteriores que impliquen una reducción de la puntuación en los criterios pueden conllevar penalizaciones. Esto asegura la coherencia entre la propuesta inicial y la ejecución final del proyecto.
Matriz de evaluación según Anexo IV de la Orden
| Criterio | Puntuación máxima |
|---|---|
| Reducción del % solicitado respecto al máximo | 70 |
| Viabilidad administrativa | 10 |
| Ubicación en zonas prioritarias | 10 |
| Contribución a cadena de valor local | 10 |
Costes Subvencionables y No Subvencionables en Ayudas almacenamiento energético 2025
La correcta identificación de los costes elegibles para la financiación es un aspecto crítico para los solicitantes de estas ayudas.
En particular, el Artículo 12 y el Anexo III de la Orden TED/535/2025 ofrecen un desglose detallado de los gastos que pueden ser objeto de subvención.
Tabla: Resumen de Costes Subvencionables
| Categoría de Costo | Ejemplos Específicos / Descripción | Condiciones Clave |
|---|---|---|
| Obra Civil e Instalaciones | Urbanización, canalizaciones (excl. terrenos), desmantelamiento, edificaciones, excavaciones, zanjas, tuberías, albañilería, viales, accesos, edificio de control, plataformas, instalaciones temporales, restauración, medidas medioambientales. | Al menos 70% (en peso) de residuos de construcción y demolición no peligrosos deben prepararse para reutilización, reciclaje o valorización. |
| Equipos y Sistemas Auxiliares | Inversión en equipos y materiales específicos del proyecto. Esto incluye el sistema eléctrico (AT/BT, transformadores, línea de evacuación hasta punto de conexión) y protecciones (REBT, RIAT). También incluye sistemas de gestión/control/monitorización (generación, acumulación, demanda). Además, abarca redes de distribución inteligentes (smart grids) y sistemas de medida de caudales (bombeo). Finalmente, cubre medidas de protección medioambiental. Para almacenamiento térmico: calderas eléctricas, intercambiadores de calor, equipos de control, bombas (si vinculados al proyecto). | Equipos deben ser propiedad del beneficiario y vinculados a la actuación. Líneas de evacuación solo hasta el punto de conexión. |
| Activos Inmateriales | Costes asociados a la adquisición de software, patentes, licencias, know-how, etc., necesarios para el proyecto. | Deben ser amortizables y utilizarse exclusivamente en el establecimiento beneficiario. |
| Servicios Externos y Gestión de Proyecto | Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos. Elaboración del proyecto de ejecución (incl. ensayos, estudios, pruebas). Dirección facultativa de obra. Coordinación de Seguridad y Salud. | N/A |
| Costes de Gestión de la Ayuda | Gastos de gestión administrativa y documental de la solicitud y justificación de la ayuda. | Máximo 4% de la ayuda solicitada, con un límite de 50.000 € por expediente para cada fase (solicitud y justificación). |
| Costes de Auditoría | Gasto derivado de la elaboración del informe de auditor sobre la cuenta justificativa (IVA/IGIC no incluido). | Máximo 50.000 € por proyecto. |
| Costes de Comunicación | Relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad del FEDER 2021-2027. | N/A |
🔁 Fases del procedimiento: Desde la solicitud hasta la resolución
- Convocatoria publicada en BOE y BDNS.
- Presentación electrónica en sede del IDAE.
- Preevaluación administrativa.
- Evaluación técnica por la Comisión Técnica de Valoración.
- Resolución provisional y alegaciones.
- Resolución definitiva.
- Anticipos (opcional) previa garantía.
- Ejecución del proyecto (36 meses).
- Justificación y certificación.
🛡️ Garantías y anticipos
En el marco de las ayudas al almacenamiento energético 2025, los beneficiarios tienen la posibilidad de solicitar un anticipo de hasta el 100 % del importe concedido. Para ello, será necesario presentar una garantía económica adecuada, según las condiciones establecidas en la Orden TED/535/2025. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes:
Anticipos del 100 %: Se permite solicitar la totalidad de la ayuda por adelantado, siempre que se justifique con garantías válidas ante la Caja General de Depósitos.
Garantía mínima obligatoria: Para participar en el procedimiento, se exige una garantía del 2 % del importe solicitado.
Exenciones: Las entidades públicas podrán quedar exentas de constituir garantía, siempre que la convocatoria así lo disponga expresamente.
En resumen, disponer de garantías financieras bien estructuradas puede facilitar el acceso temprano a los fondos, acelerando el inicio del proyecto.
📋 Obligaciones del beneficiario
Una vez concedida la subvención, los beneficiarios asumen una serie de compromisos legales y técnicos cuyo cumplimiento será objeto de control y verificación. Entre ellos, destacan los siguientes:
Ejecución en plazo: Es imprescindible realizar el proyecto dentro del calendario aprobado, respetando el plazo máximo de 36 meses establecido en la resolución de concesión.
Justificación económica: Todos los gastos deberán acreditarse conforme al Reglamento (UE) 2021/1060. Además, deberán estar documentados mediante facturas, contratos y comprobantes bancarios verificables.
Prevención de conflictos de interés: El beneficiario debe garantizar total imparcialidad en la gestión del proyecto, evitando cualquier relación personal o empresarial que pueda comprometer la integridad de los fondos.
Conservación de activos: Los bienes subvencionados deberán mantenerse operativos y afectos al proyecto durante al menos cinco años desde su adquisición, o tres años si el beneficiario es una PYME.
Publicidad y visibilidad: Se deberá cumplir con las obligaciones de información y difusión de la financiación FEDER, mediante cartelería, menciones públicas y presencia del logotipo europeo, según lo indica la normativa.
❗ Sanciones, reintegros y pérdida del derecho al cobro
Motivos comunes de penalización o pérdida
| Causa | Consecuencia |
|---|---|
| Finalización fuera de plazo | Penalizaciones del 1 al 20 % |
| Reducción del impacto o puntuación | Reducción proporcional |
| Potencia real < 50 % de la concedida | Pérdida total de ayuda |
| Incumplimiento DNSH | Reintegro total y sanción |
Las sanciones están reguladas en el art. 31 y 32 de la orden y en la Ley General de Subvenciones.
📝 Normativa aplicable
- Orden TED/535/2025, de 28 de mayo.
- Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Reglamento (UE) 2021/1060 y 2021/1058.
- Marco Temporal de Crisis y Transición (2023/C 101/03).
- Reglamento de desarrollo RD 887/2006.
- FEDER y PNIEC 2023-2030.
🛠️ Consejos prácticos para solicitantes
- Ubica tu proyecto en zonas de transición justa si es posible.
- Solicita un porcentaje de ayuda inferior al máximo permitido.
- Prepara una memoria técnica sólida, clara y con enfoque DNSH.
- Tramita permisos con antelación (urbanismo, medioambiente, arqueología).
- Consulta consultora especializada temas de medioambiente como Sfera Proyecto Ambiental.
- No subestimes la fase de justificación, ya que implica verificación técnica y contable.
📎 Fuente oficial: BOE-A-2025-10668
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